Guía 2026 · Base legal: Art. 113-A LISR · Art. 113-C LISR · Art. 5 LIVA
| Régimen | Estatus | Impacto ISR | IVA |
|---|---|---|---|
Actividad Empresarial Régimen 612 | No aplica | No aplica para este régimen. | No aplica para este régimen. |
Plataformas — Provisionales Régimen 625 · Art. 113-C LISR | Deducible | Deducible como gasto operativo — reduce la base del ISR mensual (Art. 113-C LISR). | IVA acreditable (16%) sobre el monto del servicio. El taller debe emitir CFDI con uso G03 (Art. 5 LIVA). |
Plataformas — Definitivos Régimen 625 · Art. 113-A LISR | No deduce ISR | La retención de la plataforma es el impuesto definitivo — no hay deducción de gastos (Art. 113-A LISR). | IVA acreditable (16%) si emites CFDI por viajes en efectivo (Art. 5 LIVA). |
Mantenimiento de auto (conductores Uber / DiDi) no aparece mencionado específicamente en la Ley del ISR. Sin embargo, puede deducirse como gasto estrictamente indispensable para obtener ingresos siempre que solo en esquema de Pagos Provisionales. El vehículo debe estar registrado en tu perfil activo de la plataforma. Servicio, llantas, frenos y limpieza son deducibles; modificaciones estéticas no.
¿Qué significa "Deducible parcial"? No es un porcentaje fijo que la ley limite — significa que su deducibilidad es condicional: si demuestras que el gasto es exclusivo para tu actividad profesional, es 100% deducible; si mezclas uso personal y laboral sin evidencia, el SAT puede objetarlo en su totalidad.
Pagos Provisionales: deducible como gasto operativo indispensable para la actividad (Art. 113-C LISR). Pagos Definitivos: no reduce ISR.
El ahorro real depende de tu tramo de ISR — puede ser 1.92% hasta 35%. Provisio lo calcula automáticamente con tu información real.
IVA acreditable (16%) sobre el monto del servicio. El taller debe emitir CFDI con uso G03 (Art. 5 LIVA).
Cuando importas un CFDI o registras manualmente Mantenimiento de auto (conductores Uber / DiDi), Provisio:
No siempre. Solo es deducible si solo en esquema de Pagos Provisionales. El vehículo debe estar registrado en tu perfil activo de la plataforma. Servicio, llantas, frenos y limpieza son deducibles; modificaciones estéticas no. Si utilizas el mismo servicio para uso personal y profesional, el SAT podría rechazar la deducción al no poder comprobar su uso exclusivo laboral.
Necesitas: CFDI del taller o proveedor de llantas/refacciones, Comprobante de pago electrónico, Captura de tu perfil activo en la app de la plataforma. Conserva también el comprobante de pago electrónico (transferencia o estado de cuenta de tarjeta) — los pagos en efectivo mayores a $2,000 MXN no son deducibles (Art. 27 fr. III LISR).
IVA acreditable (16%) sobre el monto del servicio. El taller debe emitir CFDI con uso G03 (Art. 5 LIVA).
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